Fecha de Publicación: 09/02/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 47

 Carácter no vinculante del pronunciamiento de la Corporación Nacional
para el Desarrollo

La evaluación técnica efectuada por la Corporación Nacional para el
Desarrollo tiene el carácter de asesoramiento, no es vinculante ni
obligatoria para la Administración Pública Competente, y no implica
aprobación alguna ni genera ningún derecho al proponente.
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