PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Procedimiento La Administración Pública contratante mediante resolución fundada podrá aplicar el procedimiento de diálogo con aquel o aquellos postulantes que hubieren presentado su solicitud de participar en esta etapa, y hubieren sido seleccionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del presente decreto reglamentario.Ayuda