Fecha de Publicación: 09/02/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 68

 Solicitud de auditorías por la Unidad de Proyectos de Participación
Público-Privada

La Unidad de Proyectos de Participación Público-Privada podrá, mediante
informe fundado, recomendar a la Administración Pública la contratación de
auditorías externas específicas que contribuyan a garantizar el correcto
seguimiento de los contratos indicándose, en cada caso, alcance y
objetivos de la auditoría a realizarse.
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