Actos Inscribibles
Sección Proyectos de Participación Público Privada. Se inscribirán los
siguientes actos:
* Las iniciativas públicas
* Los estudios previos
* Las iniciativas privadas para el desarrollo de proyectos de
Participación Público-Privada que hubieren sido aceptadas, con o sin
modificaciones, por la Administración Pública contratante.
Sección Contratos de Participación Público Privada. Se inscribirán los
siguientes actos:
* Las resoluciones en virtud de las cuales se adjudiquen, en forma
provisional o definitiva, contratos de Participación Público-Privada.
* Los contratos de Participación Público-Privada que se suscriban
entre la Administración Pública contratante y el contratista.
* Las resoluciones que impongan sanciones al contratista en el marco
de la implementación y/o ejecución de contratos de Participación
Público-Privada.
* Las garantías otorgadas.
* Los informes de auditoría de proyectos de Participación
Público-Privada
* Los pagos anuales realizados al contratista.
* Las cesiones de contratos de Participación Público-Privada.
* Toda modificación de los contratos de Participación Público-Privada.
* La extinción de los contratos de Participación Público-Privada y su
causal.
* Las impugnaciones deducidas contra los actos inscribibles.
* Los laudos del Tribunal Arbitral que recaigan en la resolución de
conflictos que se susciten en el marco de contratos de Participación
Público-Privada.
Sección Auditores de Contratos de Participación Público Privada. Se
inscribirán los siguientes actos:
* Los auditores autorizados para la realización de auditorias
vinculadas a la ejecución
* La extinción de contratos de Participación Público-Privada.