CONSEJO DE MINISTROS
Las presentes disposiciones regirán para los funcionarios públicos contratados y los que se contraten en el futuro en los Incisos 1 al 26 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, ya sea que se financien con fondos de funcionamiento, Inversiones, de terceros, Rentas Afectadas, etc.Ayuda