Decreto 172/000
Dispónese que las compras directas amparadas en lo dispuesto por el
numeral 2º, inciso 2º del Artículo 33º del TOCAF 1996, podrán realizarse
a crédito en las condiciones que se establecen.
(1.193*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 9 de junio de 2000
VISTO: lo dispuesto por el artículo 8º del Decreto Nº 90/000, de 3 de
marzo de 2000 que dispone la realización de compras directas al amparo de
lo dispuesto en el numeral 2º, inciso 2º del artículo 33º del TOCAF 1996,
exclusivamente mediante pago al contado y con fondo rotatorio,
prohibiéndose el uso transitorio de fondos dispuesto por el artículo 74º
del TOCAF 1996, para atender este tipo de compras.-
RESULTANDO: que se entiende conveniente regular las adquisiciones que se
financian a crédito, teniendo en cuenta los procedimientos de gasto
vigentes.-
CONSIDERANDO: que a esos efectos, puede autorizarse la realización de
compras directas a crédito, en la medida que cumplan con las pautas
establecidas en el Decreto Nº 90/000 citado.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1
(Contrataciones Directas a Crédito) - Las compras directas amparadas en
lo dispuesto por el numeral 2º, inciso 2º del artículo 33º del TOCAF
1996, podrán realizarse a crédito, siempre que cuenten con la constancia
de disponibilidad de crédito respaldante dispuesta por el artículo 9º del
Decreto Nº 90/000, de 3 de marzo de 2000.-
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ALBERTO BENSION, LUIS BREZZO,
ANTONIO MERCADER, LUCIO CACERES, MARIO CURBELO, ALVARO ALONSO, HORACIO
FERNANDEZ, GONZALO GONZALEZ, JUAN BORDABERRY, CARLOS CAT.
Recibido por D. O. el 13 de Junio de 2000