Fecha de Publicación: 02/06/2011
Página: 464-A
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 2

 Incorpórase como Artículo 16.4.27 en la Sección 4 - Quesos - del Capítulo
16 - Leche y Derivados, del Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado
por Decreto N° 315/994 de 5 de julio de 1994, el texto del referido
Reglamento Técnico, internalizado por el Artículo 1° del presente Decreto.
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