Fecha de Publicación: 08/04/1976
Página: 44-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 22

Autorízase al Sector Granos del Ministerio de Agricultura y Pesca (SEGRA)
a contratar los fletes, servicios de maquinación, personal o cualquier
otro servicio o medio que se estime necesario para el cumplimiento de los
cometidos establecidos en el presente decreto dando cuenta oportunamente
al Ministerio de Agricultura y Pesca de lo actuado.
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