La compraventa de girasol queda sujeta a las tolerancias de recibo que se
establecen a continuación:
a) Rendimiento de pepita: hasta 8% inferior a la base;
b) Pepita suelta: hasta 8% libre de bonificación;
c) Cuerpos extraños: hasta 6% libre de bonificación;
d) Pepita podrida: hasta 1% libre de bonificación;
e) Pepita ardida: hasta 5% libre de bonificación;
f) Humedad: hasta 6% sobre la base establecida.