Fecha de Publicación: 08/04/1976
Página: 46-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 8

Las operaciones con girasoles que estén fuera de las bases establecidas,
como también las efectuadas con mercadería con olor a humedad, calientes o
en calentamiento y toda aquella que por cualquier otra causa exceda las
tolerancias fijadas serán concertadas a un precio a convenir entre
productor y comprador.
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