PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 10
Modifícase el artículo 45 del Decreto N° 27/996 de 5 de febrero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 45. A la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones le compete proponer y ejecutar la política fijada para las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) de Cancillería y Misiones, así como coordinar el plan de sistemas; asesorar sobre las Políticas de Seguridad de la Información, implementarlas y controlarlas en lo que le compete; y gestionar el personal y los recursos económicos y materiales asignados a la Dirección.
De la Dirección de Tecnologías de la Información Y Comunicaciones dependen:
a) El Departamento de Atención a Usuarios;
b) El Departamento de Infraestructura;
c) El Departamento de Proyectos y Sistemas de Información.
Al Departamento de Atención a Usuarios le compete la recepción, registro, análisis y resolución de incidentes reportados por los usuarios; la detección y solución de problemas en el cableado de red y eléctrico de computadoras; asesorar, administrar, instalar y controlar el equipamiento informático y de comunicaciones; y la gestión y envío de comunicaciones centralizadas.
Al Departamento de Infraestructura le compete planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la evaluación, selección, adquisición, contratación, operación, mantenimiento y protección de instalaciones, equipos de computación, redes, seguridad y software; la administración de las redes, cableado e infraestructura del equipamiento para el buen funcionamiento de la red; proveer soporte de conectividad ante otros organismos y dependencias del Estado; la administración de usuarios del dominio; asegurar la disponibilidad, continuidad y confiabilidad de los servidores y redes tanto internas como externas de la organización; y definir, documentar y mantener las políticas de seguridad, respaldo y recuperación de archivos, incluyendo los distintos niveles de simulacros de desastre.
Al Departamento de Proyectos y Sistemas de Información compete asesorar, diseñar planificar, implementar y mantener la arquitectura de las aplicaciones utilizadas por el Inciso; planificar, controlar, asesorar y coordinar los distintos proyectos y la realización preliminar de estimaciones, hasta la documentación de la conformidad de los principales interesados y el cierre formal de los proyectos informáticos; desarrollar y proporcionar documentación detallada sobre los sistemas informáticos; elaborar, desarrollar probar y mantener en buen estado los sistemas informáticos; y detectar necesidades, relevar requisitos, analizar, diseñar e implementar soluciones según las necesidades del Inciso."