PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 18
Modifícase el artículo 62 del Decreto N° 27/996 de 6 de febrero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 62. A la Dirección de Gestión y Desarrollo Humano compete ejecutar todo lo relacionado con la política y administración del personal del Servicio Exterior, Profesional Universitario, Técnico, Administrativo, Especializado, Oficios y Servicios del Ministerio; y administrar los servicios de Seguridad Social del Ministerio."