PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 8
Modifícase el artículo 34. del Decreto N° 27/996 de 6 de febrero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 34. A la Unidad de Auditoria Interna le compete velar promover y agregar valor a la gestión eficaz y eficiente, transparente y ajustada a las normas jurídicas, por parte del Inciso y del Estado. La función de auditoría interna comprende el aseguramiento y la consultoría."