MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Las partidas de sorgo cuya calidad sea inferior a la admitida por la tolerancia de recibo establecida en el artículo 6º, deberán ser depositadas en pilas separadas a las de sorgo en condiciones de recibo. Esta disposición no alcanzará a las plantas de silos que cuentan con instalaciones adecuadas para el acondicionamiento de estas partidas.Ayuda