MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
El pago de las tarifas establecidas en el artículo anterior se hará efectivo a mes vencido por un monto equivalente al 70% de las facturas presentadas, quedando el 30% restante pendiente, hasta la liquidación final. Esta retención podrá ser liberada mediante la presentación de aval bancario a satisfacción del Ministerio de Agricultura y Pesca.Ayuda