Fecha de Publicación: 07/06/2011
Página: 498-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 33

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a precios de 1° de enero de 2010,
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto:

Escalafón C.- Administrativo

Cargo                               Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Gerente de Área Hipódromo            34          67.754             1
Inspector                            22          31.407             4
Administrativo                       16          23.723             3

Escalafón A.- Profesional

Cargo                               Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Técnico I - Contador                 26          42.498             1
Técnico I - Abogado                  26          42.498             1
Técnico I - Veterinario              26          42.498             2

 Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación,
asistencia social y la prima especial por el desarrollo de funciones de
alta complejidad y responsabilidad que se regulan en los ARTÍCULOS 8, 12,
13 y 14 del presente Decreto. En ningún caso podrán percibir otra
retribución o beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que
perciben los funcionarios del Programa I y que están referidos
específicamente, al desempeño de las actividades previstas en el mismo.-



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