Fecha de Publicación: 07/06/2011
Página: 498-A
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 36

 El Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo la adecuación de los
créditos del Grupos 0 "Servicios Personales", con el fin de ajustar las
retribuciones de su personal, en períodos acordes con las disposiciones
legales vigentes.
 Para ello se tendrá en cuenta las disponibilidades financieras, así como
las normas que disponga en materia salarial el Poder Ejecutivo.
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