Decreto 182/013
Reglaméntase la gestión de los residuos sólidos industriales y asimilados.
(1.070*R)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y
PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 20 de Junio de 2013
VISTO: la necesidad de establecer una reglamentación para la gestión
ambientalmente adecuada de los residuos sólidos industriales y asimilados;
RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre
de 2000 (Ley General de Protección del Ambiente) declara de interés
general la protección del ambiente contra toda afectación que pudiera
derivarse del manejo y disposición de los residuos cualquiera sea su tipo,
a cuyos efectos han de regularse la generación, recolección, transporte,
almacenamiento, comercialización, tratamiento y disposición final de los
residuos;
II) que los residuos sólidos industriales y otros generados en actividades
asimiladas, poseen características que los diferencian de los residuos
urbanos o domiciliarios, que hacen necesario contar con normas de alcance
nacional, tendientes a la gestión integral de tales residuos o desechos;
III) que a tales efectos, la Comisión Técnica Asesora de la Protección del
Medio Ambiente (COTAMA), creó un Grupo de Trabajo interinstitucional y
multidisciplinario que formuló un documento técnico con una serie de
propuestas para regular dicha gestión;
CONSIDERANDO: I) que la propuesta técnica del Grupo de Trabajo fue
aprobada por el Plenario de entidades públicas y privadas que integran la
COTAMA, provenientes de los más diversos sectores e instituciones
nacionales;
II) que con base en dicho documento técnico, la Dirección Nacional de
Medio Ambiente formuló un proyecto de reglamento, que se complementará con
varias disposiciones ministeriales adicionales;
III) que el Poder Ejecutivo comparte la conveniencia de aprobar el
reglamento de residuos industriales y otros generados en actividades
asimiladas;
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 47 (inciso 1°) y 168 (numeral 4°)
de la Constitución de la República, por la Ley N° 16.112, de 30 de mayo de
1990 y por la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Reglamento de gestión de residuos sólidos industriales y asimilados
Capítulo I - Disposiciones generales
Artículo 1
(Objetivo). El objetivo del presente reglamento es establecer el marco
para la gestión ambientalmente adecuada de los residuos sólidos
industriales y de otros generados en actividades asimiladas, atendiendo a
todos los aspectos que hacen a su gestión integral, incluyendo desde su
generación, clasificación, almacenamiento, transporte, reciclado,
valorización, tratamiento y disposición final.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FRANCISCO BELTRAME; EDUARDO
BONOMI; LUIS ALMAGRO; FERNANDO LORENZO; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO;
RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO; ROBERTO KREIMERMAN; EDUARDO BRENTA;
SUSANA MUÑIZ; TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; DANIEL OLESKER.