(Acondicionamiento y envasado). Los residuos de la Categoría I deberán
ser previamente envasados en recipientes aptos para su manejo.
Los residuos de la Categoría II deberán ser acondicionados previamente en
envases o contenedores aptos, de acuerdo a las características
fisicoquímicas del residuo a contener, salvo aquellos que por sus
condiciones puedan ser almacenados y transportados a granel, sin generar
riesgos.
Los contenedores y envases utilizados serán resistentes para responder con
seguridad a las manipulaciones necesarias y soportar las condiciones de
transporte, manteniendo su integridad, sin deterioro, defectos
estructurales ni fugas.
Capítulo V- Del transporte de los residuos sólidos