Decreto 182/022
Fíjase el valor de las Guías de Tránsito Terrestre que expide la Dirección Nacional de Aduanas.
(1.374*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 3 de Junio de 2022
VISTO: el Decreto-Ley N° 1.355, de 27 de setiembre de 1877, modificativas y concordantes, por el cual se establece la obligatoriedad de las Guías de Tránsito Terrestre;
RESULTANDO: I) que por el artículo 168 de la Ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967, en la redacción dada por el artículo 242 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, se autorizó al Poder Ejecutivo a actualizar el monto de las Guías de Tránsito Terrestre en base al Índice de los Precios al Consumo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística;
II) que por Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo declaró la emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2;
III) que por los Decretos N° 223/020, de 11 de agosto de 2020 y N° 242/020, de 2 de setiembre de 2020, se fijó el valor actualizado de expedición de las Guías de Tránsito Terrestre para las operaciones previstas en el artículo 3° del Decreto N° 223/020, de 11 de agosto de 2020, y se estableció que dicho incremento se destinaría a cubrir total o parcialmente los costos de los Test de detección del virus SARS-CoV-2 realizados a los choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumos y ayuda humanitaria y sanitaria de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II del Decreto N° 195/020, de 15 de julio de 2020;
IV) que por Decreto N° 335/007, de 10 de setiembre de 2007, se fijó el valor de expedición de las Guías de Tránsito que expide la Administración Nacional de Aduanas en $ 126,00 (pesos uruguayos ciento veintiséis);
CONSIDERANDO: I) que por Decreto N° 106/022, de 5 de abril de 2022, el Poder Ejecutivo dejó sin efecto el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, por el cual se declaró la emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2;
II) que en consecuencia corresponde actualizar el valor de las Guías de Tránsito Terrestre que expide la Dirección Nacional de Aduanas de acuerdo al índice de los Precios al Consumo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 1.355, de 27 de setiembre de 1877 y modificativas, artículo 168 de la Ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967, en la redacción dada por el artículo 242 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, y demás normas complementarias y concordantes;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase el valor de las Guías de Tránsito Terrestre que expide la Dirección Nacional de Aduanas, Programa 007 del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", en $ 380 (pesos uruguayos trescientos ochenta).
LACALLE POU LUIS; ALEJANDRO IRASTORZA; JOSE LUIS FALERO; JOSÉ SATDJIAN.