Fecha de Publicación: 27/06/2018
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 112

   (Medios de publicidad). La Auditoría Interna de la Nación, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Ministerio de Desarrollo Social, en su caso, podrá publicar las resoluciones de sus actuaciones respecto a las cooperativas sometidas a su control, en la página web institucional y/o cualquier otro medio de difusión nacional y/o departamental, previa resolución fundada del jerarca.
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