Fecha de Publicación: 27/06/2018
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 119

   (Plazo de presentación de los recaudos previstos en el artículo 213 numeral 5 de la Ley). Las resoluciones de los órganos sociales y los proyectos en que se decida la fusión, absorción, escisión o disolución y liquidación deberán presentarse ante la autoridad de control respectiva dentro de los 30 días siguientes, perentorios e improrrogables una vez adoptada la resolución y/o acordado el proyecto correspondiente
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