Fecha de Publicación: 13/05/1981
Página: 1392-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Fíjase el período de ventas entre el 4 de mayo al 27 de noviembre de 1981, en lugar y horario que indique en su oportunidad la Dirección Forestal, Parques y Fauna.
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