Decreto 19/998
Inclúyese en el listado de especies de libre caza, a la paloma grande de monte y la paloma torcaza.
(224*R)
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA.-
Montevideo, 22 de enero de 1998
VISTO: los decretos de fecha 8 de mayo de 1947 y Nº 508/966, de 11 de
octubre de 1966;
RESULTANDO:
I) las antedichas normas reglamentarias declaran plaga de
la agricultura a la paloma grande de monte (Columba picazuro) y la paloma
torcaza (Zenaida auriculata);
II) los distintos informes técnicos recibidos, determinan
que la situación poblacional de ambas especies, así como los daños que
provocan a los cultivos, se mantiene estable;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Inclúyese en el listado de especies de libre caza previsto en el Art.
10 del decreto Nº 164/996, de 2 de mayo de 1996, a la paloma grande de
monte (Columba picazuro) y la paloma torcaza (Zenaida auriculata).-