Decreto 191/975
Se modifica la redacción del artículo 8.o del decreto 152/975, por el cual se aprobó el Presupuesto por Programa de la Administración Nacional de Puertos.
AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio de Vivienda y Promoción Social.
Montevideo, 7 de marzo de 1975.
Visto: el decreto 152/975 de 19 de febrero de 1975 por el que se aprobó el Presupuesto por Programa de la Administración Nacional de Puertos;
Considerando: que en la redacción del artículo 8.o del mismo se deslizó un error en una cifra porcentual.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 671 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros.
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase la parte final del artículo 8.o del decreto 152/975 de 19 de febrero de 1975, el que quedará redactado de la siguiente forma: La compensación por "Dedicación Especial" será de un 40% del sueldo base.
BORDABERRY.- Coronel HUGO LINARES BRUM.- JUAN CARLOS BLANCO.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- WALTER RAVENNA.- DANIEL DARRACQ.- EDUARDO CRISPO AYALA.- ADOLFO CARDOSO GUANI.- JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING.- JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO.- HECTOR E. ALBURQUERQUE.- FEDERICO SONEIRA.