Fecha de Publicación: 08/07/2019
Página: 17
Carilla: 17

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Fe de erratas publicada/s: 06/11/2019.

Artículo 12

   Los organismos contratantes efectuarán un diálogo técnico, previo al armado de los pliegos, de acuerdo con lo dispuesto en Anexo que forma parte del presente Decreto.
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