El Poder Ejecutivo, antes de los treinta días previos al inicio de cada ejercicio, fijará los montos máximos de las contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras públicas en las que cada organismo podrá aplicar el mencionado Subprograma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008.
Sección III - Beneficios para los innovadores