Fecha de Publicación: 21/03/1975
Página: 533-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   El aporte de la Caja Nacional de Ahorro Postal, como contribución al Fondo de Retiro de su personal y similares, con vigencia especial para el ejercicio 1974, quedará congelado al monto autorizado para el ejercicio 1973.
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