Fecha de Publicación: 10/05/1977
Página: 206-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 23/05/1977.
Decreto 192/977

Se aprueba el Manual de Organización y Funciones de Pasos de Frontera.

Ministerio de Defensa Nacional.
 Ministerio del Interior.
  Ministerio de Relaciones Exteriores.
   Ministerio de Economía y Finanzas.
    Ministerio de Salud Pública.
     Ministerio de Agricultura y Pesca.

                                   Montevideo, 11 de abril de 1977.

Visto: lo establecido en el artículo 5º del decreto 127/976, del 26 de
febrero de 1976, en relación al proyecto encomendado del Manual de
Organización y Funciones de Pasos de Frontera.

Considerando: I) Que es propósito del Poder Ejecutivo, poner en
funcionamiento el referido Manual a la brevedad;

II) Que en su elaboración, se han considerado diversas observaciones
formuladas por los representantes de cada uno de los Ministerios que
integran la Comisión dispuesta en el artículo 4º del decreto 127/976;

III) Que se ha recabado el asesoramiento de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión y de la Oficina Nacional de
Servicio Civil en el ámbito de sus respectivas competencias.

Atento: a lo establecido en los decretos 574/974, del 12 de julio de 1974
y decreto 127/976, del 26 de febrero de 1976,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse los Manuales de Organización y Funciones del sistema de 
Pasos de Frontera que se adjuntan a este documento.

Artículo 2

   Cométese al Ministerio de Defensa Nacional, la aplicación de los 
manuales referidos en el artículo 1º.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese el presente decreto, así como los Manuales de
Organización y Funciones mencionados y archívese. - MENDEZ. - WALTER 
RAVENNA. - General HUGO LINARES BRUM. - ALEJANDRO ROVIRA. - VALENTIN ARISMENDI. - ANTONIO CAÑELLAS. - ESTANISLAO VALDES OTERO.


                              INTRODUCCION

 El Manual de Organización y Funciones, es un documento que identifica y
mantiene actualizada la información sobre los objetivos, funciones
generales asignadas, estructura orgánica, funciones específicas y otros
conceptos que guardan relación con la organización interna de las
dependencias.

 Los objetivos más importantes del presente Manual son:

a)   Presentar una visión de conjunto del sistema de organización de
     Paso de Frontera;

b)   Precisar las funciones asignadas a cada unidad administrativa para
     deslinda responsabilidades, evitar duplicaciones y detectar
     omisiones;

c)   Proporcionar información básica para planificar o implantar mejoras
     en la administración;

d)   Servir como instrumento de integración y orientación del personal;

e)   Facilitar el mejor aprovechamiento de los recursos humanos y
     materiales;

f)   Servir de orientación e información.

 El presente Manual se ajusta, de acuerdo al considerando VII del decreto
70/976, de 3 de febrero de 1976, a los principios y criterios técnicos que
han sido elaborados y sistematizados al efecto por la Oficina Nacional del
Servicio Civil.

                              1. MARCO JURIDICO

1.1. Decreto 492/975, de 18 de junio de 1975.

 Determina la coordinación a cargo de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto para el estudio y trámite necesarios en los Pasos de Frontera.

1.2. Decreto 127/976, de 26 de febrero de 1976.

 Determina las competencias ministeriales en relación con los Pasos de
Frontera.

2. DIRECCION NACIONAL DE PASOS DE FRONTERA.

a)   Relaciones:

     Depende de: Ministerio de Defensa Nacional.
     Supervisa a: Direcciones de Paso de Frontera.

b)   Objetivos:

     Supervisar y asistir a los distintos Pasos de Frontera, coordinando
     las actividades relacionadas y promoviendo niveles de eficiencia y
     rendimiento adecuados.

c)   Funciones:

     1.   Planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades
          operativas de los distintos Pasos de Frontera, con el apoyo
          que al respecto debe brindar la Comisión Nacional Asesora de
          Pasos de Frontera;

     2.   Asesorar y suministrar información en los aspectos
          reglamentarios legales y de procedimientos en conformidad con
          la asistencia que al respecto brinde la Comisión Nacional
          Asesora;

     3.   Supervisar y controlar el cumplimiento estricto y sistemático
          de las disposiciones vigentes;

     4.   Supervisar la aplicación de métodos y procedimientos
          administrativos propuestos y desarrollados con el asesoramiento
          de la Comisión Nacional Asesora;

     5.   Evaluar los desvíos producidos entre las realizaciones efectivas
          y los planes de operaciones promoviendo las medidas conducentes
          a su mejoramiento;

     6.   Presidir las reuniones de la Comisión Nacional Asesora y someter
          a su consideración, los ajustes de funcionamiento de los Pasos
          de Frontera que estime conveniente.

3. COMISION NACIONAL ASESORA DE PASOS DE FRONTERA.

a)   Relaciones Jerárquicas:

     Depende de: Dirección Nacional de Pasos de Frontera, a quien asesora.
     Supervisa a: No tiene unidad a su cargo.

b)   Objetivos:

     Asesorar en la definición y establecimiento de las políticas que
     acordes a las leyes y disposiciones vigentes, sean consideradas de
     interés para regular el funcionamiento de los distintos Pasos de
     Frontera.

c)   Funciones:

     1)   Asesorar en forma permanente a la Dirección Nacional de Pasos
          de Frontera y fundamentalmente cuando se produzcan cambios en
          los mecanismos de control y frente a requerimientos de la
          propia Dirección Nacional;

     2)   Asesora en la coordinación necesaria a establecerse en las
          relaciones y comunicaciones entre los distintos Pasos de
          Frontera;

     3)   Asesorar y colaborar en la formulación de los planes de
          operación, programas e instrucciones, en base a las políticas
          definidas sobre los distintos controles a realizarse en Pasos
          de Frontera de conformidad a las normas vigentes;

     4)   Analizar las desviaciones producidas entre las realizaciones
          efectivas y los planes de operaciones informando de la misma
          a la Dirección Nacional con indicación de las medidas
          correctivas necesarias;

     5)   Asesorar en los programas de capacitación para la formación de
          los funcionarios integrantes del cuerpo de inspección.

d)   Integración:

     1)   Miembros permanentes:

          - Director Nacional de Pasos de Frontera;
          - Representantes por cada uno de los siguientes organismos;
          - Dirección Nacional de Aduanas;
          - Dirección Nacional de Migración,
          - Dirección de Salud Pública;
          - Ministerio de Agricultura y Pesca - Sanidad Vegetal,
          - Ministerio de Agricultura y Pesca - Sanidad Animal e Industria
            Animal.

     2)    Miembros eventuales:

          - Directores de los distintos Pasos de Frontera;
          - Representantes de las fuerzas de seguridad involucradas en los
            distintos Pasos de Frontera.

4-3-2- ORGANIGRAMA.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 

4. MANUAL DE ORGANIZACION Y FUNCIONES TIPO DE UN PASO DE FRONTERA.

4.1. Objetivos:

a)   Lograr la eficiencia del Paso de Frontera en cuanto permita una
     rapidez de pasaje compatible con el grado de seguridad que exijan
     las circunstancias;

b)   Alcanzar en cada Paso de Frontera una Dirección Unificada con
     capacidad de decisión en su administración que no abarque el
     ámbito técnico que competa a cada servicio específico.

4.2. Funciones Generales:

 La Dirección de Paso de Frontera, tiene a su cargo, las siguientes
funciones:

4.2.1. Administrar las funciones básicas de planeamiento, desarrollo de
las operaciones y control del cumplimiento de los objetivos, políticas,
planes, sistemas y procedimientos aprobados.

4.2.2. Administrar las operaciones de apoyo (mantenimiento, orden,
disciplina) del Paso de Frontera, para todas las unidades que actúan en
él.

4.2.3. Administrar las operaciones tendientes al cumplimiento de los
lineamientos técnicos, de conformidad con los métodos y procedimientos
diseñados para el control de documentación y cargas por el Cuerpo de
Inspectores.

4.2.4. Tomar decisiones en los casos de situaciones críticas y
conflictivas, de emergencia e imprevistas.

4.3. Estructura Orgánica.

4.3.1. Descripción.

4.3.1.1. Unidades Administrativas.

 La estructura orgánica de la Dirección de un Paso de Frontera está
integrada por las siguientes unidades:

1.0. Dirección de Paso de Frontera.

     1.0.1. Departamento de Inspección.

            1.0.1.1. Sector Cuerpo de Inspectores.

     1.0.2. Sección Servicios Generales.

     1.0.3. Oficina de Seguridad.

            1.0.3.1. Sector Cuerpo de Seguridad.

     1.0.4. Oficina de Migración.

     1.0.5. Oficina de Sanidad de Salud Pública.

     1.0.6. Oficina de Aduanas.

     1.0.7. Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal.

4.3.1.2. Relaciones especiales:

A)   Dependencias técnico-funcional-lineal entre las Unidades Ejecutoras
     de los Ministerios con competencias concurrentes y las oficinas
     especializadas que actúan en el Paso de Frontera;

B)   Dependencia técnico-funcional entre las oficinas especializadas
     (dependientes de los Ministerios con competencias concurrentes) y
     el Cuerpo de Inspectores del Departamento de Inspección.

4.4. UNIDADES ADMINISTRATIVAS.

4.4.1.0. Dirección de Paso de Frontera.

a)   Relaciones jerárquicas:

     Depende de:

     Dirección Nacional de Pasos de Frontera del Ministerio de Defensa
     Nacional.

     Supervisa a:

     Departamento de Inspección.
     Servicios Generales.
     Oficina de Seguridad.
     Oficina de Migración (1).
     Oficina de Sanidad de Salud Pública (1).
     Oficina de Aduana (1).
     Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal (1).

(1)  La supervisión a estas oficinas está limita pura y exclusivamente a
     las actividades operativas, manteniendo las mismas su dependencia
     técnico-funcional-lineal de las Unidades Ejecutoras de los
     Ministerios con competencia concurrente.

b)   Objetivos de la Unidad:

     - Dirigir y supervisar a todas las actividades operativas del Paso de
       Frontera.

     - Administrar los elementos materiales y humanos procurando el
       eficiente cumplimiento de las actividades de control de frontera de
       acuerdo a las normas jurídicas vigentes.

c)   Funciones: (*)

     1)   Planificar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las
          actividades que desarrollan las unidades que supervisa;

     2)   Compatibilizar el grado de seguridad de los controles con la
          rapidez necesaria en el pasaje;

     3)   Coordinar con las autoridades especializadas zonales el
          descongestionamiento del área Paso de Frontera en los casos de
          cargas a nacionalizar o en tránsito o que deben ser sometidas
          a procesos determinados por las autoridades sanitarias;

     4)   Promover las modificaciones que estime convenientes en cuanto
          a la infraestructura vial y edilicia funcional de modo de
          adecuarla a las variaciones que pueden suceder;

     5)   Propender el máximo desarrollo del aspecto urbanístico zonal
          que facilite la promoción turística, dé la "bienvenida" al
          ingreso al territorio nacional y aleje toda interferencia de los
          servicios oficiales de control;

     6)   Tomar decisiones cuando se planteen conflictos y situaciones
          críticas relacionados con su área o de coordinación con las
          demás áreas. En este último caso, cuando la situación de
          emergencia imposibilite la comunicación respectiva al o los
          organismos, con competencias concurrentes;

     7)   Supervisar el eficaz cumplimiento de las normas establecidas y
          de los procedimientos diseñados para las centrales físicas y
          documentales;

     8)   Poner en conocimiento inmediato de los Organismos con
          competencias concurrentes de las observaciones que a su juicio
          merezcan las actuaciones de las oficinas especializadas;

     9)   Administrar y supervisar el mantenimiento en perfectas
          condiciones de uso y conservación de todos y cada uno de los
          elementos físicos que integran el Paso de Frontera.

           Administrar asimismo la adquisición de todos los elementos
          físicos necesarios a las instalaciones del Paso de Frontera.

(*)  Estas funciones, en ausencia temporal de sus titulares, por razones
     de enfermedad o licencia, serán asumidas por el responsable del
     Departamento de Inspección.

4.4.1.0.1. Departamento de Inspección.

a)   Relaciones:

     Depende de: Dirección de Paso de Frontera.

     Supervisa a: Cuerpo de Inspectores.

b)   Objetivos de la Unidad:

     Realizar la supervisión de la correcta ejecución de los
     procedimientos de control, de acuerdo a las normas establecidas.

c)   Funciones:

     1)   Verificar si los controles físicos y documentales se cumplen,
          logrando que las actividades de referencia se realicen en
          permanente coordinación con las Oficinas de Migración, Aduanas,
          Sanidad de Salud Pública y Sanidad e Industria Animal y
          Sanidad Vegetal;

     2)   Cuidar que los controles que se realicen en su área, sean los
          imprescindibles de acuerdo a los procedimientos diseñados con la
          finalidad de abreviar el pasaje y descongestionar el área lo más
          rápido posible;

     3)   Coordinar con las oficinas especializadas las acciones
          correspondientes e los casos de desvíos a las playas de
          estacionamiento para exámenes más exhaustivos en los trámites de
          inspección de carga y/o documental.

           Poner en conocimiento del Director de Paso de Frontera cuando
          a consecuencia de dichos desvíos los vehículos o personas deban
          completar trámites más prolongados para que se tomen las medidas
          pertinentes a fin de que las autoridades especializadas
          desalojen el área de control de paso en un lapso perentorio;

     4)   Vigilar la buena imagen de la dependencia a su cargo asegurando
          el cumplimiento de las reglamentaciones vinculadas al uso de
          uniformes de sus funcionarios y la correcta atención al
          público;

     5)   Emitir las órdenes correspondientes de acuerdo a las
          indicaciones que reciba de las oficinas especializadas, ya sea
          a través de sus responsables (Sanidad de Salud Pública, Sanidad
          e Industria Animal y Sanidad Vegetal y Seguridad) o de los
          expertos que actúan directamente en las sendas de entrada y
          salida. (Migración. Aduanas.).

4.4.1.0.1.1. Sector Cuerpo de Inspectores.

a)   Relaciones:

     Depende de:

     1)   Operativamente del Departamento de Inspección;

     2)   Funcional y técnicamente de las Oficinas Especializadas,
          relaciones que se cumplirán a través de los responsables de cada
          organismo y de la participación directa y permanente en la senda
          de un funcionario experto aduanero y un funcionario experto en
          migración, quienes integrarán, al solo efecto del control
          primario de mercaderías y documentos, el Cuerpo de Inspectores.

b)   Objetivos de la Unidad:

     Realizar el control primario documental y físico de personas y cosas
     que ingresen o egresen al y del territorio nacional.

c)   Actividades:

     1)   Ejecutar las operaciones de control, de acuerdo a las órdenes
          e instrucciones impartidas por el Jefe del Departamento de
          Inspección, de conformidad con los procedimientos diseñados y de
          acuerdo, asimismo, a las recomendaciones que reciba de los
          funcionarios de las oficinas especializadas que actúan
          permanentemente en el Paso de Frontera;

     2)   Constatar que las personas que ingresan y egresan del país,
          presenten los documentos que las identifiquen y certificaciones
          de vacunaciones de acuerdo a las disposiciones legales y
          reglamentarias vigentes;

     3)   Registrar los movimientos de ingresos y egresos de personas del
          territorio nacional en formularios diseñados a tales efectos;

     4)   Entregar las tarjetas o permisos de ingreso a turistas en los
          casos que corresponda, así como las tarjetas de salida a los
          ciudadanos uruguayos y extranjeros residentes que egresan
          exigiendo su devolución al regreso;

     5)   Verificar las listas de pasajeros entregadas por los
          responsables de los omnibuses, y en caso de existir
          irregularidades, dar aviso inmediato a su superior, quien
          procederá de acuerdo a las indicaciones dadas por el experto en
          migración que actuará en la senda;

     6)   Ejecutar la inspección primaria de bultos que se transporten,
          procediendo a efectuar el desvío a las playas de estacionamiento
          en los casos indicados por el Jefe de Departamento de
          Inspección. Este ordenará el desvío por iniciativa propia o
          cuando el funcionario experto aduanero (de actuación permanente
          en la senda) indique exámenes más profundos;

     7)   Vigilar el pasaje de animales, vegetales y/o sus derivados, así
          como los productos y materias primas utilizados en la
          elaboración de aquellos destinados a combatir y/o prevenir
          plagas en animales y vegetales, solicitando los certificados
          sanitarios correspondientes, dando intervención a las
          autoridades sanitarias competentes. En los casos en que estas
          autoridades lo determinen, se procederá al desvío a las playas
          de estacionamiento a efectos de someterlos a exámenes más
          exhaustivos.

           Proceder asimismo al rechazo inmediato de todos aquellos
          animales, vegetales y/o sus derivados expresamente prohibidos
          o que carezcan de los certificados sanitarios correspondientes;

     8)   Controlar que los vehículos de procedencia extranjera, ingresen
          al país acompañados de la documentación necesaria (trípticos o
          declaración en el caso que corresponda). En el caso de existir
          dudas sobre la autenticidad de los mismos, el Jefe del
          Departamento de Inspección solicitará el asesoramiento del
          experto aduanero actuante en la senda;

     9)   Efectuar el desvío a las playas de estacionamiento, previo
          control documental de las personas que transporta, de los
          camiones con cargas en tránsito o a nacionalizar, o que deban
          ser sometidos a exámenes por las autoridades sanitarias;

     10)  Proceder, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, al uso
          permanente de uniforme, y a su correcta actuación frente al
          público.

4.4.1.0.2. Sección Servicios Generales.

a)   Relaciones:

     Depende de: Dirección de Paso de Frontera.

     Supervisa a: No tiene unidades a su cargo.

b)   Objetivos de la Unidad:

     Mantener en perfectas condiciones de uso y conservación todos y cada
     uno de los elementos físicos que integran el Paso de Frontera.

c)   Funciones:

     1)   Realizar el mantenimiento de los elementos físicos del Paso,
          tales como: señalización, iluminación, equipamiento,
          enjardinado, pintura, pavimento, etc.;

     2)   Dirigir a los servicios de intendencia, mensajería y
          conserjería;

     3)   Asignar los vehículos a las unidades que lo requieran y velar
          por su buen mantenimiento;

     4)   Mantener en buenas condiciones de uso, los locales, equipos e
          instalaciones.

4.4.1.0.3. Oficina de Seguridad.

4.4.1.0.4. Oficina de Migración.

4.4.1.0.5. Oficina de Sanidad de Salud Pública.

4.4.1.0.6. Oficinas de Aduanas.

4.4.1.0.7. Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal.

a)   Relaciones:

     Dependen:

     1)   Operativamente de la Dirección de Paso de Frontera que
          corresponda;

     2)   Funcional, técnica y linealmente de las respectivas Unidades
          Ejecutoras dependientes de los Ministerios del Interior, de
          Salud Pública, de Economía y Finanzas, de Agricultura y Pesca
          y Prefectura Nacional Naval.

     Supervisada:

      Técnicamente al Sector Cuerpo de Inspectores mediante la
     participación directa de los responsables de cada Oficina (Sanidad
     de Salud Pública, Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal,
     Seguridad) y de los funcionarios expertos de actuación permanente
     en las sendas (Migración y Aduanas).

b)   Objetivos de la Unidad:

     Realizar los controles que le han sido asignados por las normas
     legales, reglamentarias y vigentes.

c)   Funciones:

                         01 Funciones específicas

                           Oficina de Migración

1)   Encomendar con carácter permanente un funcionario por turno, que
     actuará directamente en las sendas, supervisando técnicamente las
     actividades que en materia migratoria desarrolle el Cuerpo de
     Inspectores;

2)   Participar permanentemente en el control primario de mercaderías y
     documentos, integrándose a ese solo efecto al Cuerpo de Inspectores;

3)   Ejecutar las operaciones de control documental de personas que
     requieran exámenes más profundos, de acuerdo a las órdenes impartidas
     por el Jefe del Departamento de Inspección, ya sea por iniciativa
     propia o por indicaciones expresas del funcionario de turno -experto
     en migración- que actúa en las sendas;

4)   Controlar los listados conteniendo los movimientos diarios de
     ingresos y egresos de personas del territorio nacional;

5)   Ejecutar todas las actividades asignadas por normas legales y
     reglamentarias.

                              Oficina de Aduanas

1)   Encomendar con carácter permanente, un funcionario por turno, que
     actuará directamente en las sendas supervisando técnicamente las
     actividades que en materia aduanera desarrolle el Cuerpo de
     Inspectores;

2)   Participar permanentemente en el control primario de mercaderías y
     documentos, integrándose a ese solo efecto al Cuerpo de Inspectores;

3)   Ejecutar las operaciones de control documental y físico de los
     vehículos que hayan sido desviados a las playas de estacionamiento
     de acuerdo a las órdenes impartidas por el Jefe del Departamento de
     Inspección, ya sea por iniciativa propia o por indicaciones expresas
     del funcionario de turno -experto aduanero- que actúa en las sendas;

4)   Realizar -en todos los casos- las operaciones de inspección de cargas
     y de sus respectivos documentos de importación y exportación, de
     conformidad a las normas vigentes;

5)   Efectuar todas las demás operaciones que de acuerdo a las normas
     legales y reglamentarias, le sean asignadas.

               Oficina de Sanidad de Salud Pública

1)   Tomar las medidas pertinentes para ejercer el control sanitario de
     las personas que ingresen al país;

2)   Proceder a inmunizar todas las personas que en circunstancias
     excepcionales no posean los certificados sanitarios exigidos de
     acuerdo a las normas vigentes,

3)   Controlar el ingreso de medicamentos o materias primas destinadas
     a tratamientos o prevención de enfermedades humanas.

          Oficina de Sanidad e Industria Animal y Sanidad Vegetal

1)   Ejecutar la inspección directa en las sendas de aquellos vehículos
     que transportan animales, vegetales y/o derivados, aún en los casos
     que se presenten los certificados sanitarios correspondientes,

2)   Controlar desde el punto de vista sanitario e higiénico, todos los
     animales, sus subproductos, plantas y productos provenientes de la
     agricultura, que vayan a ser exportados o importados;

3)   Controlar el ingreso de productos y materias primas utilizados en la
     elaboración de aquellos destinados a combatir y/o prevenir plagas en
     animales y vegetales.

                         Oficina de Seguridad

1)   Coordinar todas sus actividades con las autoridades actuantes en el
     Paso de Frontera, con la finalidad de mantener la seguridad de las
     instalaciones así como de todos los elementos -humanos y materiales-
     que integran el área;

2)   Coordinar a través del Cuerpo de Seguridad, todos los aspectos
     relacionados con el traslado de personas a las oficinas
     especializadas y el desvío de vehículos a las playas de
     estacionamiento y todo lo concerniente al ordenamiento vehicular del
     Paso.

                              02 Funciones generales

1)   Cooperar con las distintas unidades para superar las dificultades
     derivadas de flujos de circulación que superan las previsiones
     adoptadas;

2)   Supervisar y asesorar sobre la aplicación de los procedimientos de
     control;

3)   Coordinar con el Departamento de Inspección, las acciones
     correspondientes en los casos de desvíos a las playas de
     estacionamiento, para exámenes más exhaustivos en los trámites de
     inspección de carga y/o documental;

4)   Proponer las medidas necesarias que permitan el permanente
     descongestionamiento de la zona.

4.4.1.0.3.1. Sector Cuerpo de Seguridad.

 (Prefectura Nacional Naval o Repartición Policial).

a)   Relaciones:

     Depende de: Oficina de Seguridad.

     Supervisa a: No tiene unidades a su cargo.

b)   Objetivo de la Unidad:

     Prestar los servicios de seguridad y de apoyo a las autoridades
     actuantes en el área del Paso de Frontera.

c)   Actividades:

     1)   Efectuar el control de ingreso y egreso de personas,
          mercaderías y vehículos en todo lo concerniente a la seguridad;

     2)   Coordinar todos los aspectos relacionados con el traslado de
          personas a las oficinas especializadas y el desvío de
          vehículos a las playas de estacionamiento y todo lo concerniente
          al ordenamiento vehicular en el Paso de Frontera,

     3)   Mantener la seguridad de instalaciones, así como de todos los
          elementos -humanos y materiales- que integran el área del
          Paso de Frontera;

     4)   Brindar un apoyo permanente a las autoridades y funcionarios
          actuantes en el Paso de Frontera;

     5)   Colaborar en el control de mantenimiento del normal desarrollo
          del tránsito vehicular y peatonal en las zonas de inspección
          documental y física.




                    4.5. SITUACION PRESUPUESTAL
+-------------------Â------------------Â-------------------Â------------+
|      INCISO       |      SECTOR      |     PROGRAMA      |     NUMERO |
Ã---Â---------------+------------------+-------------------+------------´
| Nº|  Denominación |Nº   Denominación | Nº   Denominación |   DE UNIDAD|
Ã---+---------------+------------------+-------------------´   EJECUTORA|
+---Á---------------Á------------------Á-------------------Á------------+
 El financiamiento de este programa se realiza con cargo al fondo........

4.6. DISPOSICIONES GENERALES.

4.6.1. Actualización.

 El presente Manual será revisado periódicamente y, si corresponde, deberá
ser actualizado cumplido el año a partir de su aprobación, salvo que por
realizarse cambios sustanciales, sea aconsejable no esperar a la fecha
fijada.

 Se debe entender por cambios sustanciales, aquellos que emanan de normas
legales o reglamentarias.

4.6.2. Unidad responsable.

 Cada Dirección de Paso de Frontera, será responsable por la revisión,
actualización y difusión del presente Manual, debiendo comunicar a la
Dirección Nacional de Paso de Frontera, todas las modificaciones que
realicen a efectos de su aprobación.

                              ANEXO I

   ESTRUCTURA ESCALAFONARIA DE LA DIRECCION NACIONAL DE PASOS DE FRONTERA

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen electrónica del mismo" 


		
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