Fecha de Publicación: 31/05/1984
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 15/06/1984.
Decreto 192/984

Se reglamenta todo lo relacionado a la ley de juegos, suertes, rifas, apuestas públicas y similares.

Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Educación y Cultura.

                                        Montevideo, 23 de mayo de 1984.

   Visto: el artículo 8 de la ley 14.841, de 22 de noviembre de 1978.

   Considerando: que es competencia del Poder Ejecutivo, dictar el
reglamento relativo a la ley de juegos, suertes, rifas, apuestas públicas
y similares.

   Atento: a lo expuesto y a lo prescripto por la Constitución de la
República artículo 168, numeral 4 y por la ley 14.841, de 22 de noviembre
de 1978, artículo 8,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   La realización de juegos, suertes, rifas, apuestas públicas y
similares, cuando su monto de emisión supere el equivalente a 2.000
Unidades Reajustables (Ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968) se regirá
por lo establecido en la ley 14.841 ,de 22 de noviembre de 1978 y por las
disposiciones del presente decreto. 

ALVAREZ.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- JUAN BAUTISTA SCHROEDER.- ENRIQUE V.
FRIGERIO.
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