Fecha de Publicación: 31/05/1984
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 15/06/1984.

Artículo 5

   El Ministerio de Economía y Finanzas, si las circunstancias así lo
aconsejan podrá establecer mediante resolución fundada, limitaciones con
carácter general a la autorización de nuevos juegos, suertes, rifas,
apuestas públicas y similares.

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