MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Sustitúyese el numeral 20) del artículo 39 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998, por el siguiente: "20) alambres galvanizados, y plásticos cuya sección transversal sea un óvalo y sus dimensiones en cualquiera de sus ejes de simetría no sean inferiores a un milímetro con ocho décimos (1,8 mm), para uso agropecuario".Ayuda