MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Agréganse al artículo 39 del Decreto Nº 220/998 de 12 de agosto de 1998 los siguientes numerales: "32) Comederos para ganado." "33) Ligaduras plásticas con alma de alambre. Los mencionados bienes deberán llevar impreso en lugar bien visible a lo largo y cada un metro el rótulo: "uso exclusivo agropecuario"."Ayuda