Fecha de Publicación: 21/06/2022
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   Cuantificación de ahorros. En conjunto con la propuesta de reestructura elevada según los lineamientos establecidos en este Decreto, los Organismos deberán, en aplicación de los artículos 9° y 10 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, proponer una lista de cargos y funciones excedentarias así como de aquellos vínculos laborales que de acuerdo con la propuesta de reestructura, se prevé discontinuar.

   Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso precedente, se indicará la totalidad de las partidas presupuestales, con independencia del grupo y objeto del gasto al que se imputan, expresadas a valores del 1° de enero del 2020.

   La nómina de cargos no vacantes declarados excedentarios será comunicada a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación, a efectos del seguimiento de lo dispuesto por los artículos 12 y 15 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020.
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