Fecha de Publicación: 21/06/2022
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   Alcance de las Direcciones Generales de Secretaría. Las Direcciones Generales de Secretaría o las unidades que cumplan dicha función, agruparán bajo su órbita las funciones gerenciales a que refiere el inciso tercero del artículo 8° de la Ley N° 19.924, 18 de diciembre de 2020, así como los demás servicios de apoyo del Inciso, sin perjuicio de la desconcentración que por razones de especialidad y funcionamiento deban realizar en las respectivas Unidades Ejecutoras sustantivas.
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