PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 9
En el marco del proceso de transición hasta la definitiva implementación
de la estructura orgánico funcional de la ANV y provisión de los cargos
previstos en el artículo anterior, la totalidad de los funcionarios
provenientes del BHU e incorporados por aplicación de la Ley N° 18.125,
integrarán la dotación funcional de la ANV.