Fecha de Publicación: 26/06/2012
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 106

 (Exigencias contable-financieras). Las cooperativas de ahorro y crédito
de capitalización deberán cumplir con las exigencias que se establecen a
continuación.
  a) Requisitos de liquidez. Contar con una liquidez mínima del 5%
     (cinco por ciento) del activo corriente. El mismo podrá estar
     constituido por disponibilidades en caja, depósitos a la vista, o con
     depósitos a corto plazo en instituciones reguladas por el Banco
     Central del Uruguay. A los efectos del cómputo se podrá incluir los
     valores públicos emitidos por el Estado uruguayo o por el Banco
     Central del Uruguay.
  b) Préstamos a directivos y funcionarios. El nivel consolidado de
     endeudamiento de directivos y funcionarios con la cooperativa no
     deberá superar el 10% (diez por ciento) del patrimonio de la
     cooperativa.
  c) Inversiones financieras. Las inversiones financieras deberán
     realizarse exclusivamente en forma de depósitos en instituciones
     reguladas por el Banco Central del Uruguay La suma de estas
     colocaciones no podrá superar el 20% (veinte por ciento) del activo.
     Salvo que estos estén vinculados al cumplimiento del Objeto Social de
     la Cooperativa o como Objetivo Estratégico y con autorización de la
     Auditoría Interna de la Nación.
  d) Inmovilizaciones. El total de inmuebles y activo fijo no deberá
     superar el 20% (veinte por ciento) del activo.
  e) Apalancamiento. La relación patrimonio sobre activos no debe ser
     inferior al 25% (veinticinco por ciento).
  f) Previsiones. Constituir las previsiones que se establezcan en el
     Plan de Cuentas y en el cuadro de clasificación de cartera indicado
     en el mismo por la Auditoría Interna de la Nación, en cumplimiento
     del numeral 6) del artículo 212 de la Ley que se reglamenta.
La información que acredite el cumplimiento de las exigencias referidas
deberá ser remitida trimestralmente a la Auditoría Interna de la Nación y
controlada e informada anualmente por el Auditor Externo.
Ayuda