(Exoneración de timbres profesionales). Establécese que la exoneración
prevista en el artículo 178 de la Ley que se reglamenta, comprende al
gravamen creado por el artículo 71 de la Ley N° 17.738, de 4 de enero de
2004, reglamentado por el Decreto N° 67/005, de 18 de febrero de 2004.
TITULO III
CAPÍTULO I
DE LA PROMOCIÓN Y CONTROL ESTATAL DE LAS
COOPERATIVAS