(Intervención Judicial). La Auditoría Interna de la Nación podrá
solicitar al juez competente la intervención de la cooperativa como
diligencia preparatoria o medida cautelar autosatisfactiva. El juez
competente deberá establecer el alcance y plazo de la medida dispuesta y
designar a la persona física que estará a cargo de la intervención,
fijándole sus facultades y en qué carácter se dispusiere; si de mero
veedor, de interventor con facultades específicas, interventor
administrador o intervención con desplazamiento de autoridades según la
entidad de las irregularidades constatadas.