(Formalidades de la Inscripción). Las cooperativas con excepción de las
cooperativas sociales y de vivienda deberán proceder a realizar su
inscripción ante la Auditoría Interna de la Nación dentro del plazo de
sesenta días corridos de haber obtenido su personería jurídica, o de
ciento ochenta días corridos en las cooperativas que hubieren obtenido su
personería jurídica con anterioridad a la fecha del presente decreto.
A los efectos de su inscripción la cooperativa deberá presentar la
documentación pertinente de acuerdo al formato y requerimientos
establecidos por Auditoría Interna de la Nación.