Fecha de Publicación: 26/06/2012
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 15

 (Prohibición de actuar por poder en Asambleas). Los miembros integrantes
del Consejo Directivo y la Comisión Fiscal no podrán actuar en las
Asambleas Generales como apoderados en representación de otros socios. La
prohibición dispuesta regirá exclusivamente para las cooperativas de
primer grado.
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