(Plan de operaciones). La Auditoría Interna de la Nación establecerá los
criterios de elaboración del plan de operaciones, el que deberá contener
un balance especial.
La fusión o incorporación podrá realizarse entre dos o más cooperativas o
entre una o más cooperativa y entidades de otra naturaleza jurídica. En
cualquier caso, se adoptarán criterios uniformes para su avaluación,
estimación de activos y pasivos, estableciéndose la fecha a la cual se
realicen y el tratamiento que recibirán las variaciones posteriores.