(Publicaciones). Aprobada la fusión o incorporación por los organismos
públicos referidos y por las Asambleas Extraordinarias de las cooperativas
o entidades jurídicas afectadas, se deberá publicar por diez días hábiles
un extracto del plan de operaciones que contendrá la denominación social
de las cooperativas o entidades jurídicas que quedarán disueltas y de la
nueva o incorporante, así como su capital.
En el aviso se prevendrá que el plan de operaciones y los balances
especiales estarán a disposición de los socios y de los acreedores en las
sedes de cada entidad. Se convocará además a los acreedores de las
entidades que se disuelvan para que justifiquen sus créditos en el lugar
que se indicará, en el plazo de veinte días a contar desde la última
publicación. También se convocará a los acreedores de las entidades
afectadas para que en el mismo plazo deduzcan oposiciones.
Las publicaciones se efectuarán en el Diario Oficial y en otro diario de
circulación nacional.