(Avaluación de partes sociales para nuevos socios). La suscripción de
partes sociales de nuevos socios, estará regulada por las siguientes
condiciones:
1) cuando se realice sin sustitución de un socio anterior, la
valoración de las partes sociales se realizará de igual forma
que la de los restantes socios de la cooperativa;
2) cuando se realice en sustitución de un socio anterior, la
cantidad de partes sociales a suscribir, será valorizada en un
monto igual al reintegrado por la cooperativa al socio saliente,
sin consideración de las deducciones establecidas por las
distintas causales de retiro de socios.