Fecha de Publicación: 24/06/2004
Página: 639-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.-
BATLLE, ALVARO ROSSA, WILLIAM EHLERS, JOSE VILLAR, EDGARDO CARDOZO.

                                  ANEXO                                   
                                                                          
  NCM                          DESCRIPCION                     AEC
               %
2710.11.60   Mezcla de hidrocarburos acíclicos y
             cíclicos, saturados, derivados de
             fracciones del petróleo, con un
             contenido de hidrocarburos aromáticos
             superior al 0,1% pero inferior al 2% en
             peso, cuya curva de destilación según el
             método ASTM D 86 presenta un punto
             inicial mínimo de 70ºC y una proporción
             de destilado superior o igual al 90% en
             volumen a 210ºC                                    4

2710.19.94   Mezcla de hidrocarburos acíclicos y
             cíclicos, saturados, derivados de
             fracciones del petróleo, con un
             contenido de hidrocarburos aromáticos
             superior al 0,1% pero inferior al 2% en
             peso, que destila según el método
             ASTM D 86 una proporción inferior al 90%
             en volumen a 210ºC con un punto
             final máximo de 360ºC                              4

2933.91.53   Midazolam y sus sales                              14

2934.99.31   Ketoconazol                                        14
2934.99.35   Propiconazol                                       14

2935.00.97   Sulfluramida                                       14

2940.00.94   Lactogluconato de calcio                           2

3702.54.12   De 12 exposiciones (0,5 m de longitud),
             de 24 exposiciones (1,0 m de longitud) o
             de 36 exposiciones (1,5 m de longitud)             10

3808.10.28   A base de sulfluramida                             12

3808.20.27   A base de propiconazol                             12

3808.30.26   A base de imazetapir                               12

5503.90.20   De poli(alcohol vinílico)     2

8429.51.9    Las demás

8429.51.91   De potencia en el volante superior o
             igual a 297,5 kW (399 HP)                          0BK

8429.51.92   De potencia en el volante inferior o igual
             a 43,99 kW (59 HP)                                 0BK

8429.51.99   Las demás                                          14BK
8429.52.1    Excavadoras
8429.52.11   De potencia en el volante superior o
             igual a 484,7 kW (650 HP)                          0BK

8429.52.12   De potencia en el volante inferior o igual
             a 40,3 kW (54 HP)                                  0BK

8429.52.19   Las demás                                          14BK
8458.11.9    Los demás

8458.11.91   De 6 o más husillos portapiezas                    0BK

8458.11.99   Los demás                                          14BK
8460.90.12   De esmerilar, con dos o más cabezales
             y portapiezas rotativo                             0BK

8701.90      - Los demás

8701.90.10   Tractores especialmente diseñados
             para arrastrar troncos ("log skidders")            0BK

8701.90.90   Los demás                                          14BK
9021.90.82   Oclusores interauriculares constituidos
             por una malla de alambre de níquel y
             titanio rellena con tejido de poliéster,
             incluso presentados con su respectivo
             catéter                                            0

9504.90      - Los demás

9504.90.10   Juego de bolos automáticos                         0

9504.90.90   Los demás                                          20
9508.90      - Los demás

9508.90.10   Montaña rusa con trayecto superior o
             igual a 300 m                                      0

9508.90.20   Tiovivos, incluso dotados de dispositivo
             de elevación, con diámetro superior o
             igual a 16 m                                       0

9508.90.30   Coches de los tipos utilizados en
             montaña rusa y similares, con
             capacidad superior o igual a 6 personas            0

9508.90.90   Los demás                                          20

Códigos eliminados: 3004.39.38, 8429.51.90, 8429.52.10, 8458.11.90, 
8701.90.00, 9504.90.00 y 9508.90.00.
Ayuda