Fecha de Publicación: 01/07/2021
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Carilla: 25

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 4

   A partir del 1° de julio de 2021 y de forma mensual, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) determinará el PI de conformidad con los artículos 1° y 3° del Decreto N° 137/021 del 10 de mayo de 2021.
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