Fecha de Publicación: 24/07/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 12

 ASIGNACIÓN PERMANENTE DE TAREAS. En todos los casos en que el número de
los cargos definidos para la estructura de la ANV sea menor a la dotación
existente en el Sistema Escalafonario Ley N° 18.125, la asignación
permanente de tareas se hará teniendo en cuenta la antigüedad en el
desempeño efectivo de las tareas asociadas, tanto en el BHU como en la
ANV.
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