Decreto 207/994
Intégrase con un delegado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Comisión de Aplicación creada en el artículo 14 del decreto 315/993.
(992*R)
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Industria, Energía y Minería
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Montevideo, 4 de mayo de 1994
Visto: El Decreto Nº 315/93 de 6 de julio de 1993.
Resultando: I) que el referido decreto estableció un nuevo régimen,
durante el período de transición fijado en el Tratado de Asunción, para
el tratamiento de los sectores con precios mínimos de exportación y
precios de referencia, y creó una Comisión de Aplicación con los
cometidos previstos en la aludida norma reglamentaria.
II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha creado en su
estructura orgánica una División Política Comercial, a fin de propiciar
una mayor participación en materia de política comercial.
Considerando: conveniente que la Comisión de Aplicación creada en el
artículo 14 del Decreto referido en el Visto, se integre con un delegado
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese el inciso 1 del artículo 15 del Decreto Nº 315/93 de 6 de
julio de 1993, por el siguiente:
"Dicha Comisión estará integrada por un representante del Ministerio
de Economía y Finanzas, quien la presidirá, y representantes de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de los Ministerios de Industria,
Energía y Minería y de Ganadería, Agricultura y Pesca. La Comisión
actuará en la órbita del Ministerio de Economía y Finanzas, que proveerá
los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento".