Agrégase al artículo 7º del Decreto Nº 150/2007 de 26 de abril de 2007, el siguiente inciso:
"Las retenciones de que sean objeto los contribuyentes del IRPF por las rentas a que aluden este artículo y el anterior, serán aplicables a los contribuyentes que queden incluidos en el IRAE en virtud de la inclusión preceptiva o del ejercicio de la opción a que refieren dichos artículos".