PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 19
El régimen de asignaciones familiares se regirá de acuerdo a las
siguientes normas: Asignación Familiar, Decreto N° 531/84 del 29 de
noviembre de 1984 (Ley N° 16.697 - Artículos 26, 27 y 28), Primas por
Matrimonio y Nacimiento, Ley N° 15.767 del 13 de setiembre de 1985, Prima
por Hogar Constituido Decreto - Ley N° 15.728 del 8 de febrero de 1985 y
Ley N° 15.748 del 14 de junio de 1985 y normas modificativas y
concordantes (Ley N° 15.809 -Artículo 24).